Aporte realizado por:
Jorge Leonardo Salazar Rangel / C. I. 18.847.946
NORMATIVAS QUE REGULAN LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE EN VENEZUELA
Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela
En nuestro país, existe un conglomerado legal en el
que reposan normas que regulan lo relacionado a nuestro ambiente. En primer
lugar, tenemos la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como
norma matriz, tal como lo indica el artículo 7 ejusdem. Ahora bien, en cuanto a los derechos ambientales, los
mismos están comprendidos desde el artículo 127 al artículo 129 de la
Constitución Nacional.
Art. 127
El artículo 127 constituye una especie de declaración
programática a favor de la conservación del ambiente, los parques nacionales,
la diversidad biológica, etcétera, así como la no contaminación de los espacios
nacionales. Se establece que el genoma de los seres vivos no será patentable,
lo cual quiere decir que el conjunto de genes que configuran las especies de seres
vivos, incluyendo la especie humana, pueden ser objeto de investigación
científica pero no de comercio.
Genoma humano. Se cree que para cierta
fecha del siglo XXI se habrá descifrado el genoma humano; y se espera encontrar
así tratamientos preventivos para enfermedades hereditarias. En el año 2000 se
dio la noticia de la solución del genoma humano.
Art. 128
Explica que el Estado venezolano desarrollará una
política de ordenación de territorio, atendiendo a las realidades: ecológicas,
geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas.
Art. 129
El artículo 129 prohíbe al Estado permitir la entrada
en Venezuela de desechos tóxicos y peligrosos. Se han dado casos de haberse
detectado barcos cargados de desechos atómicos y químicos de alta peligrosidad
para descargarlos en algún país donde no haya gente que proteste.
En los permisos que otorgue el Estado que tengan que
ver con la explotación de recursos naturales, los beneficiarios deberán tener
muy en cuenta este artículo, pues, se considera inherente a todo contrato la
obligación de conservar el equilibrio ecológico y de restablecer el ambiente a
su estado previo. Por ejemplo, el concesionario de una mina no podrá ir
acumulando desechos minerales, sino en forma que sea aceptable por la
autoridad.
Ley Orgánica del Ambiente
La Ley Orgánica del Ambiente fue publicada en la
Gaceta Oficial No. 5.833 de fecha 22 diciembre 2006, con una cantidad de 137
artículos, en la que se consagran principios rectores de la gestión del
ambiente. Asimismo, en la prenombrada ley se desarrollan derechos
constitucionales y garantías en pro del ambiente.
Ley Penal del
Ambiente
La Ley Penal del Ambiente fue publicada en la Gaceta
Oficial No. 39.913 de fecha 02 mayo 2012, con una cantidad de 110 artículos, en
la que se desarrollan delitos contra la administración; delitos contra la
ordenación del territorio; omisiones en las evaluaciones ambientales y planos
de manejo; delitos contra la diversidad biológica; degradación, alteración,
deterioro y demás acciones capaces de causar daños a las aguas; degradación,
alteración, deterioro y demás acciones capaces de causar daños a los suelos, la
topografía y el paisaje; degradación, alteración y demás acciones capaces de
causar daños a la vegetación, la fauna o sus hábitats.
También se contemplan delitos contra la calidad
ambiental, desarrollados en seis secciones:
1.- Sección primera:
envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de alterar la calidad de
las aguas.
2.- Sección segunda:
envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de alterar la atmósfera.
3.- Sección tercera:
residuos y desechos sólidos.
4.- Sección cuarta:
substancias y materiales peligrosos.
5.- Sección quinta:
materiales radioactivos.
6.- Sección sexta:
molestia sónica.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario