miércoles, 28 de marzo de 2018

28-03-2018 Jorge Leonardo

Aporte realizado por:
Jorge Leonardo Salazar Rangel / C. I. 18.847.946

NORMATIVAS QUE REGULAN LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE EN VENEZUELA

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

En nuestro país, existe un conglomerado legal en el que reposan normas que regulan lo relacionado a nuestro ambiente. En primer lugar, tenemos la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como norma matriz, tal como lo indica el artículo 7 ejusdem. Ahora bien, en cuanto a los derechos ambientales, los mismos están comprendidos desde el artículo 127 al artículo 129 de la Constitución Nacional.

Art. 127
El artículo 127 constituye una especie de declaración programática a favor de la conservación del ambiente, los parques nacionales, la diversidad biológica, etcétera, así como la no contaminación de los espacios nacionales. Se establece que el genoma de los seres vivos no será patentable, lo cual quiere decir que el conjunto de genes que configuran las especies de seres vivos, incluyendo la especie humana, pueden ser objeto de investigación científica pero no de comercio.

Genoma humano. Se cree que para cierta fecha del siglo XXI se habrá descifrado el genoma humano; y se espera encontrar así tratamientos preventivos para enfermedades hereditarias. En el año 2000 se dio la noticia de la solución del genoma humano.

Art. 128
Explica que el Estado venezolano desarrollará una política de ordenación de territorio, atendiendo a las realidades: ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas.

Art. 129
El artículo 129 prohíbe al Estado permitir la entrada en Venezuela de desechos tóxicos y peligrosos. Se han dado casos de haberse detectado barcos cargados de desechos atómicos y químicos de alta peligrosidad para descargarlos en algún país donde no haya gente que proteste.

En los permisos que otorgue el Estado que tengan que ver con la explotación de recursos naturales, los beneficiarios deberán tener muy en cuenta este artículo, pues, se considera inherente a todo contrato la obligación de conservar el equilibrio ecológico y de restablecer el ambiente a su estado previo. Por ejemplo, el concesionario de una mina no podrá ir acumulando desechos minerales, sino en forma que sea aceptable por la autoridad.

Ley Orgánica del Ambiente

La Ley Orgánica del Ambiente fue publicada en la Gaceta Oficial No. 5.833 de fecha 22 diciembre 2006, con una cantidad de 137 artículos, en la que se consagran principios rectores de la gestión del ambiente. Asimismo, en la prenombrada ley se desarrollan derechos constitucionales y garantías en pro del ambiente.

Ley Penal del Ambiente

La Ley Penal del Ambiente fue publicada en la Gaceta Oficial No. 39.913 de fecha 02 mayo 2012, con una cantidad de 110 artículos, en la que se desarrollan delitos contra la administración; delitos contra la ordenación del territorio; omisiones en las evaluaciones ambientales y planos de manejo; delitos contra la diversidad biológica; degradación, alteración, deterioro y demás acciones capaces de causar daños a las aguas; degradación, alteración, deterioro y demás acciones capaces de causar daños a los suelos, la topografía y el paisaje; degradación, alteración y demás acciones capaces de causar daños a la vegetación, la fauna o sus hábitats.

También se contemplan delitos contra la calidad ambiental, desarrollados en seis secciones:

1.- Sección primera: envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de alterar la calidad de las aguas.

2.- Sección segunda: envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de alterar la atmósfera.

3.- Sección tercera: residuos y desechos sólidos.

4.- Sección cuarta: substancias y materiales peligrosos.

5.- Sección quinta: materiales radioactivos.

6.- Sección sexta: molestia sónica.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario